LIC. VICENTE FOX QUESADA.
LIC. REYES TAMEZ DUERRA.
SECRETARIO DE EDUCACIÓN PUBLICA.
Con relación a la designación del titular del Instituto Nacional de Antropología e Historia, la comunidad académica agrupada en la Delegación D-II-IA-1 Sección 10 del SNTE-CNTE, se manifiesta porque el nombramiento del titular y su perfil se apegue a lo establecido en la Ley Orgánica del INAH.
Acorde con su política de cambio demandamos que el titular del instituto surja de una consulta a la comunidad académica del INAH. Pues consideramos que el cambio fundamentalmente para la institución radica en que quien asuma esta responsabilidad se conduzca con firmeza y apego a la normatividad jurídica y académica en materia de patrimonio cultural, acorde con las responsabilidades que el estado le ha conferido. Y cambiar radicalmente la política determinada por intereses políticos y económicos de quien la ha dirigido durante los últimos ocho años.
México D.F., 07 de Diciembre de 2000.
ATENTAMENTE.
NOTA: Cintillo Publicado en la Jornada del día 8 de Diciembre de 2000.
C. LIC. VICENTE FOX QUESADA
C. LIC. REYES TAMEZ GUERRA
SECRETARIO DE EDUCACIÓN PÚBLICA
A LA OPINIÓN PÚBLICA
Con relación a la designación del titular del Instituto Nacional de Antropología e Historia, Etnólogo Sergio Raúl Arroyo García la comunidad académica del INAH por acuerdo del Pleno Nacional de Delegados manifiesta su extrañamiento bajo los siguientes argumentos:
1 . La Ley Orgánica del INAH establece en el artículo 60 quien debe designar al titular del INAH, así como los requisitos que debe cumplir sin embargo, para el nombramiento del Etnólogo Sergio Raúl Arroyo García esta normatividad no fue considerada, ya que quien lo designa como director es la Presidenta del Consejo Nacional para la Cultura y las no entonces el titular de la SEP, por otro lado el etnólogo no posee aún una obra de investigación relevante, sin demérito de su labor como docente y en puestos directivos dentro del INAH.
2. A pesar de su reiterada promesa en campaña en el sentido de que se tomaría en cuenta la opinión de los sectores involucrados en los nombramientos directivos en las instituciones de cultura, y aún cuando manifestamos públicamente nuestra disposición a participar en un proceso de consulta, la designación final se realizó al margen de la opinión de la generalidad de los especialistas del INAH.
3. La administración anterior se caracterizó por su alejamiento premeditado del sector académico para impulsar políticas relativas al patrimonio cultural que respondían a intereses que promueven un uso comercial del mismo, lo que se aleja de los objetivos, funciones y facultades encomendadas a la institución por el Estado Mexicano y al margen de su Ley Orgánica. El etnólogo Sergio Raúl Arroyo G., como Secretario Técnico de dicha administración participó en ese proyecto, lo cual hace temer una continuidad de estos lineamientos que han probado ser perjudiciales a la investigación, protección y difusión del patrimonio cultural y a la integridad de la Institución.
Frente a todo ello demandamos:
1. Realizar una auditoria a la administración saliente, por el descuido en las funciones sustantivas del INAH y el manejo discrecional de los recursos.
2. Exigimos el cumplimiento de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos y de la Ley Orgánica del Instituto Nacional de Antropología e Historia.
3. Reclamamos se dé curso a la aprobación del Reglamento a la Ley Orgánica previamente consensado entre las autoridades y trabajadores del INAH.
4. Una vez completado este proceso, para fortalecer la vida académica de la Institución y promover la participación democrática de los profesores de investigadores, se instale el Consejo General Consultivo y los Consejos de Área.
México, D. F. 21 de diciembre de 2000.
COMITÉ EJECUTIVO D-II-IA-1 SECCIÓN 10 SNTE-CNTE.